Todo cambió en mayo de 2026. USCIS emitió el Memorando de Política PM-602-0199, declarando que el ajuste de estatus es una cuestión de “discreción y gracia administrativa” y un “alivio extraordinario” que permite a los solicitantes evitar el proceso consular de visa ordinario. Este cambio de política afecta duramente a millones de solicitantes de green card. Los oficiales de USCIS ahora evalúan las solicitudes de ajuste de manera completamente diferente. Muchas personas que pensaban que obtendrían su green card aquí en Estados Unidos están siendo forzadas a pasar por el procesamiento consular en el extranjero. ¿Planeas solicitar la residencia permanente? Necesitas entender cómo esto cambia toda tu estrategia.
Qué Significa Realmente el Memorando de Política USCIS PM-602-0199
USCIS emitió el Memorando de Política PM-602-0199 el 21 de mayo de 2026. Entró en vigor inmediatamente y se aplica a todas las solicitudes de ajuste de estatus pendientes y futuras. El memorando establece formalmente que el ajuste de estatus bajo la Sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad es una cuestión de “discreción y gracia administrativa”—una forma extraordinaria de alivio no diseñada para reemplazar el proceso regular de visa consular.
Esto es lo que es crítico entender: este memorando de política de USCIS no cambia la ley y no altera quién es elegible para el ajuste de estatus. Pero aquí está el problema — cambia completamente cómo se les dice a los oficiales de USCIS que ejerzan la discreción al revisar solicitudes de ajuste. USCIS ahora trata cada concesión discrecional de ajuste de estatus como extraordinaria sin importar tu clasificación de inmigrante subyacente, y si podrías haber seguido el procesamiento consular, necesitarás justificar por qué no lo hiciste.
USCIS afirma que el Congreso tenía la intención de que los no ciudadanos partieran una vez que se cumple el propósito temporal de su admisión o libertad condicional, posicionando el procesamiento consular en el extranjero como la vía estándar hacia la residencia permanente. Bajo este marco, buscar el ajuste de estatus en lugar del procesamiento consular se trata como un factor adverso—requiriendo equidades excepcionales para aprobar.
Cómo Esto Afecta a los Solicitantes de Green Card
El memorando de política de USCIS da a los oficiales orientación que podría potencialmente afectar a millones de solicitudes de ajuste de estatus pendientes. El impacto varía significativamente dependiendo de tu categoría de inmigración e historial:
Solicitantes Basados en Empleo: Mientras que los portadores de estatus H-1B y L-1 mantienen protecciones de doble intención, el memorando reconoce que el estatus de doble intención “no es suficiente, por sí solo, para garantizar un ejercicio favorable de discreción”. Los portadores de H-1B que tienen cualquier factor adverso—incluyendo violaciones menores de estatus, brechas en el empleo, o discrepancias en solicitudes previas—pueden enfrentar denegaciones por motivos discrecionales.
Solicitantes Basados en Familia: Históricamente, los parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses han disfrutado de exenciones estatutarias bajo INA § 245(c) para empleo no autorizado y permanencias excedidas de visa. Sin embargo, PM-602-0199 dirige a los oficiales a evaluar factores discrecionales, lo que significa que un oficial teóricamente podría denegar el caso de un cónyuge basado en intención preconcebida o falla en partir, a pesar de su elegibilidad estatutaria.
Portadores de Visa de Intención Única: El grupo de mayor riesgo consiste en portadores de visa de intención única—estudiantes F-1, turistas B-1/B-2, y otros que ingresaron con visas que nunca fueron diseñadas para servir como una vía hacia la residencia permanente, ya que su mera presencia en Estados Unidos mientras buscan una green card ahora puede ser enmarcada como conducta inconsistente con el propósito de su admisión.
Qué Debes Hacer Ahora
Dado este cambio significativo de política, la acción inmediata es esencial para los solicitantes actuales y prospectivos de ajuste de estatus:
1. Documentar Equidades Positivas: El estándar probatorio se ha efectivamente cambiado de lista de verificación a defensa, lo que significa que las equidades positivas deben ser afirmativamente documentadas y presentadas. Reúne evidencia de vínculos familiares, participación comunitaria, historial de empleo, y cualquier factor que demuestre por qué el ajuste de estatus sirve al interés nacional.
2. Abordar Factores Negativos: Se dirige a los oficiales a considerar como factores adversos “cualquier conducta del extranjero después de la admisión como no inmigrante o en libertad condicional inconsistente con el propósito de ese estatus de no inmigrante o libertad condicional o con representaciones hechas a oficiales consulares o del DHS”. Prepárate para abordar cualquier violación de estatus, brechas de empleo, o inconsistencias en tu historial de inmigración.
3. Prepararse para Escrutinio Mejorado: La consecuencia más probable a corto plazo es un aumento en Solicitudes de Evidencia (RFE) y Avisos de Intención de Denegar (NOID) mientras los oficiales documentan su análisis discrecional más minuciosamente, lo que podría ralentizar los tiempos de procesamiento.
4. Considerar el Tiempo: El memorando de política de USCIS no cambia qué personas son elegibles para el ajuste de estatus, así que no retires solicitudes pendientes. Sin embargo, las nuevas solicitudes requieren una preparación más estratégica.
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Navegar los estándares discrecionales elevados del Memorando de Política USCIS PM-602-0199 requiere servicios de inmigración experimentados y defensa estratégica. En Tez Law P.C., nuestro equipo de inmigración con base en West Covina entiende las implicaciones nacionales de este cambio de política y tiene la experiencia para ayudarte a construir el caso más fuerte posible para la aprobación del ajuste de estatus.
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Reconocemos que los no ciudadanos que buscan residencia permanente ahora enfrentan un riesgo significativamente mayor de denegación basado en factores subjetivos y discrecionales, y se espera que esta orientación cause confusión generalizada. Nuestro equipo se mantiene actualizado con las políticas evolutivas de USCIS y proporciona orientación clara durante tiempos inciertos.
Preguntas Frecuentes
¿PM-602-0199 elimina mi elegibilidad para el ajuste de estatus?
No. El memorando de política de USCIS no crea nueva ley o de otra manera cambia regulaciones subyacentes o requisitos de elegibilidad. Sin embargo, cambia cómo los oficiales ejercen la discreción al aprobar solicitudes, requiriendo evidencia más fuerte de equidades positivas.
¿Debo retirar mi solicitud I-485 pendiente?
Generalmente, no. El memorando de política no cambia qué personas son elegibles para el ajuste de estatus. Sin embargo, puedes necesitar suplementar tu solicitud con evidencia adicional que aborde los nuevos factores discrecionales. Consulta con un abogado de inmigración experimentado para evaluar tu caso específico.
¿Cómo afecta esto a los parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses?
Para cónyuges de ciudadanos estadounidenses—históricamente el grupo que ha recibido el ejercicio más favorable de discreción de USCIS—los abogados esperan que esa dinámica continúe. Sin embargo, los oficiales ahora pueden evaluar factores discrecionales incluso para parientes inmediatos, a pesar de sus exenciones estatutarias.
La implementación del Memorando de Política USCIS PM-602-0199 representa el cambio más significativo en el procesamiento de green card en la memoria reciente. Este cambio importante de política podría afectar a cientos de miles de solicitantes de green card que ya viven en Estados Unidos, con muchas personas que han sido elegibles por mucho tiempo para ajustar estatus potencialmente requeridas a completar el procesamiento consular en el extranjero. No navegues este panorama complejo y nuevo solo—contacta a nuestro equipo experimentado de inmigración para una consulta gratuita para discutir tu estrategia de ajuste de estatus bajo el nuevo marco discrecional.
Disclaimer: This article is for informational purposes only and does not constitute legal advice. Contact Tez Law P.C. at 626-678-8677 or [email protected] for advice specific to your situation. Results may vary.
