El 25 de junio de 2026, la Corte Suprema de los EE. UU. emitió un fallo que afectará a miles de solicitantes de asilo de la noche a la mañana. En Mullin v. Al Otro Lado, la Corte resolvió 6-3 que los solicitantes de asilo que esperan físicamente en México en un puerto de entrada de EE. UU. no han “llegado legalmente” a los Estados Unidos según la Ley de Inmigración y Nacionalidad, y por lo tanto no tienen derecho legal a ser inspeccionados ni a solicitar asilo en dichos puertos. Esto es un cambio enorme. Le otorga plena cobertura legal a la política federal de “metering” del gobierno, que rechaza a los migrantes que esperan en los cruces fronterizos oficiales. Si usted o alguien a quien quiere está buscando asilo o planea presentarse en un puerto de entrada, este fallo cambia sus opciones de manera muy concreta. Comuníquese con Tez Law P.C. para una consulta gratuita — no espere.
Contexto: ¿Qué es el Metering y qué decidió la Corte?
El “metering” — a veces llamado gestión de filas — es una política fronteriza federal mediante la cual los oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza rechazan a los solicitantes de asilo que se presentan en los puertos de entrada oficiales de EE. UU. y les dicen que esperen en México hasta que haya espacio disponible. Durante años, los defensores argumentaron que esto violaba la Sección 208 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, que exige al gobierno permitir que cualquier persona que “llegue a” los Estados Unidos pueda solicitar asilo, independientemente de su estatus legal. Parecía algo claro. La Corte Suprema no estuvo de acuerdo. En Mullin v. Al Otro Lado, una mayoría de 6-3 — redactada por la Jueza Barrett y respaldada por los otros cinco magistrados conservadores de la Corte — sostuvo que alguien que se encuentra en el lado mexicano de un puerto de entrada oficial, incluso justo en el umbral de una cabina de inspección de EE. UU., no ha “llegado legalmente” a los Estados Unidos según la Ley de Inmigración y Nacionalidad. La Corte interpretó esas palabras para exigir presencia física real en territorio bajo control estadounidense. La proximidad a la frontera no es suficiente.
Los tres jueces disidentes — Sotomayor, Kagan y Jackson — argumentaron con firmeza que la interpretación de la mayoría contradice el texto claro del estatuto y el principio de larga data de que el derecho internacional obliga a los Estados Unidos a permitir que los solicitantes de asilo accedan al sistema de protección en los puertos oficiales. La Jueza Sotomayor escribió que el fallo “transforma un camino legal en una ficción legal”.
El efecto práctico es de gran alcance: presentarse en un puerto de entrada ya no es un camino legalmente protegido para solicitar asilo en los Estados Unidos. El gobierno puede legalmente rechazar a cualquier persona que aún no haya cruzado al territorio bajo control estadounidense, sin ninguna obligación de procesar su solicitud de asilo ni siquiera de registrar su nombre.
Cómo Afecta Esto a los Solicitantes de Asilo, Inmigrantes y Sus Familias
Este fallo tiene consecuencias inmediatas y devastadoras para grupos específicos. Es fundamental entender si usted se ve afectado:
- Solicitantes de asilo que actualmente esperan en México: Si está inscrito en una lista de metering, esperando en un refugio cerca de un puerto de entrada, o participando en algún sistema de filas informal en un cruce fronterizo, ya no tiene derecho legal a ser admitido para inspección. Los oficiales de CBP pueden rechazarle legalmente de manera indefinida.
- Familias separadas por el metering: Las personas que fueron rechazadas bajo el metering y posteriormente cruzaron entre puertos de entrada pueden enfrentar ahora enjuiciamiento penal sin ninguna justificación legal reconocida por su cruce original.
- Migrantes con órdenes de deportación previas: El fallo erosiona aún más las opciones para personas con órdenes de deportación existentes que esperaban volver a solicitar mediante una presentación en un puerto de entrada. Ese camino está ahora legalmente cerrado.
- Organizaciones de defensa y legales: Las organizaciones sin fines de lucro que han operado clínicas legales fronterizas asesorando a migrantes para que se presenten en los puertos de entrada deben revisar su orientación de inmediato.
- Ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales con familia en el extranjero: Los familiares que esperaba patrocinar y que actualmente están en México aguardando una cita en un puerto a través de CBP One o listas informales de metering enfrentan una nueva incertidumbre sobre los caminos seguros y legales.
Si alguna de estas circunstancias le aplica, consultar con un abogado especializado en servicios de inmigración con experiencia ya no es opcional — es urgente.
Qué Debe Hacer Ahora: Pasos a Seguir
El panorama legal ha cambiado drásticamente. Esto es lo que recomendamos hacer de inmediato:
- NO intente presentarse en un puerto de entrada sin asesoría legal. Sin un derecho legal a la inspección, hacerlo ahora conlleva un mayor riesgo de detención prolongada o consecuencias de prohibición permanente. Obtenga asesoría legal primero.
- Documente todo. Si usted o un familiar fue rechazado previamente bajo el metering, conserve todos los registros — fechas, nombres de oficiales de CBP o números de placa, documentos escritos y cualquier comunicación. Esta evidencia puede ser fundamental para futuros desafíos legales o solicitudes de libertad condicional humanitaria.
- Explore vías alternativas de inmediato. Dependiendo de su nacionalidad, vínculos familiares y circunstancias, pueden existir otras vías — incluyendo libertad condicional humanitaria, Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS), visas T o U para víctimas de trata o crímenes, o ajuste de estatus mediante peticiones familiares. Un abogado de inmigración puede evaluar qué opciones aplican a su situación.
- Monitoree la disponibilidad de citas en CBP One y en embajadas. Si bien el fallo Mullin elimina el derecho legal a presentarse, el procesamiento consular a través del Centro Nacional de Visas (NVC) y las citas en embajadas siguen vigentes para las personas elegibles. Estas vías no han sido afectadas por este fallo.
- Comuníquese con un abogado de inmigración calificado ahora. Este fallo es nueva ley a partir del 25 de junio de 2026. Los oficiales de inmigración ya lo están implementando. El plazo para actuar bajo la orientación anterior ha vencido. Programe su consulta gratuita con Tez Law P.C. hoy.
Por qué Elegir Tez Law P.C. para su Caso de Inmigración
En Tez Law P.C., el abogado principal JJ Zhang (Colegio de Abogados de California #326666) dirige una práctica de inmigración dedicada que maneja casos en todo los Estados Unidos. Entendemos que la ley de inmigración no es estática — evoluciona con cada decisión de la Corte Suprema, cambio de política ejecutiva y actualización regulatoria. El fallo Mullin v. Al Otro Lado es exactamente el tipo de cambio sísmico que requiere que trabaje con un abogado que esté actualizado, sea agresivo y tenga una amplia experiencia.
Nuestros servicios de inmigración incluyen solicitudes de asilo, defensa contra deportación, peticiones familiares, alivio humanitario, ajuste de estatus, procesamiento consular y mociones de emergencia. Atendemos clientes en todo el país — desde California hasta Texas, de Nueva York a Florida — y ofrecemos consultas en varios idiomas.
También manejamos casos de lesiones personales para clientes cuyo estatus migratorio se ha visto complicado por accidentes o lesiones, incluyendo casos de lesiones laborales que pueden calificar para una visa U o T.
Su situación es única. Su estrategia legal también debería serlo. Permítanos construir la suya.
Preguntas Frecuentes
¿El fallo Mullin significa que el asilo ya no existe en los Estados Unidos?
No. La decisión en Mullin v. Al Otro Lado no elimina el asilo como forma de protección. Elimina específicamente el derecho legal para las personas físicamente presentes en México en un puerto de entrada a exigir inspección y solicitar asilo en ese puerto. El asilo sigue disponible para las personas que se encuentran físicamente en los Estados Unidos o que han sido admitidas o recibieron libertad condicional. El procesamiento consular, la libertad condicional humanitaria y otras vías legales que traen a personas a EE. UU. con estatus legal pueden aún conducir al asilo u otras formas de protección. Un abogado de inmigración puede evaluar qué vías disponibles aplican a su situación específica.
Me rechazaron bajo el metering antes del 25 de junio de 2026. ¿Puedo aún presentar una demanda o reclamación?
Es posible. Si bien el fallo de la Corte Suprema en Mullin cierra el argumento legal principal de que el metering violó la Ley de Inmigración y Nacionalidad, otras teorías legales pueden estar disponibles dependiendo de los hechos de su caso. Estas incluyen reclamaciones bajo la Convención Contra la Tortura (CAT), argumentos de debido proceso constitucional, o reclamaciones vinculadas a obligaciones de tratados internacionales. Además, si sufrió daños — lesiones físicas, separación familiar o detención — como resultado directo de un rechazo ilegal, puede tener reclamaciones separadas. Debe consultar con un abogado de inmigración con experiencia lo antes posible para evaluar sus opciones antes de que venza cualquier plazo legal aplicable.
Mi familiar actualmente está esperando en México en una lista de metering. ¿Cuáles son sus opciones ahora?
Esta es una de las preguntas más urgentes que estamos recibiendo de nuestros clientes en este momento. Al no ser ya un derecho legalmente protegido presentarse en un puerto de entrada, las personas en listas de metering en México enfrentan una incertidumbre significativa. Sin embargo, dependiendo de las circunstancias específicas de su familiar, varias alternativas pueden seguir siendo viables: (1) procesamiento de visa de inmigrante consular si es pariente inmediato de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal; (2) solicitudes de libertad condicional humanitaria presentadas en su nombre desde dentro de los Estados Unidos; (3) Estatus Especial de Inmigrante Juvenil si es menor de edad que ha sido abusado, descuidado o abandonado; o (4) elegibilidad para visa T o U si ha sido víctima de trata de personas o ciertos crímenes. Le instamos encarecidamente a comunicarse con Tez Law P.C. para una evaluación específica de su caso y así poder identificar el camino legal más rápido y seguro para su familiar.
El fallo de la Corte Suprema en Mullin v. Al Otro Lado ha cerrado una puerta en la que miles de solicitantes de asilo confiaban. Pero las puertas se cierran y las ventanas se abren — y un abogado de inmigración con experiencia sabe dónde están esas ventanas. Tez Law P.C. está listo para ayudarle a navegar esta nueva realidad legal con una representación estratégica, compasiva y decidida. No espere. Contáctenos hoy para su consulta gratuita y permítanos proteger sus derechos y su futuro.
Disclaimer: This article is for informational purposes only and does not constitute legal advice. Contact Tez Law P.C. at 626-678-8677 or [email protected] for advice specific to your situation. Results may vary.
